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miércoles, 1 de septiembre de 2021

Fábrica de papel continuo "Pérez y Aracil" l´Orxa




Fábrica de Papel Continuo "Pérez y Aracil"



En marzo de 1.903. Solicita aprovechar las aguas del río Serpis, 6 de marzo.

En esta época aparece una publicación en el periódico la Correspondencia de Alicante: diario noticiero, con el número 6704.


Periódico La Correspondencia

“Don Francisco Pérez Soler, de Alcoy, ha presentado en este Gobierno civil, instancia solicitando aprovechar aguas del río Serpis para fuerza motriz de una fábrica de papel que posee en término de Lorcha”.



En estos momentos D. Francisco Pérez Soler, estaba tramitando documentación, para poder dar uso a las aguas del río Serpis, lo que parece ser un error, es que en esta fecha todavía no poseía la fábrica, tenía la documentación en trámites.

 

En abril de 1.904. Tramitación en Obras Públicas, 2 de abril. 


Parece ser que el Sr. Pérez, llevaba tramitando determinada documentación durante algún tiempo, había presentado la documentación en Obras Públicas, de ahí que saliera una noticia en el diario de avisos, noticias e intereses, Heraldo de Alcoy el 2 de abril de 1.904.


Heraldo de Alcoy 2 de abril de 1.904

El ingeniero jefe de Obras públicas ha propuesto al Sr. Gobernador civil que puede otorgarse la autorización solicitada por D. Francisco Pérez Soler, vecino de Alcoy, para aprovechar las aguas del río Serpis como fuerza motriz con destino a una fábrica de papel que se propone instalar en término de Lorcha dicho Sr. Pérez”.


Heraldo de Alcoy el 2 de abril de 1904.


En diciembre de 1.904. Solicitud al ayuntamiento de Lorcha, 4 de diciembre.


Sesión ordinaria del día 4 de diciembre en la villa de Lorcha, se reunieron en el salón de sesiones de la casa consistorial, bajo la presidencia del Sr. alcalde D. Antonio Vicente Juan Camps, y todos los concejales.


Sesión ordinaria del día 4 de diciembre 1.904 Sr. Pérez

“Dado cuenta del escrito que ha presentado en la alcaldía el vecino de Alcoy D. Francisco Pérez Soler, ofreciendo construir por su cuenta, o por la de la empresa o sociedad que se subroguen sus derechos, un puente de fábrica sobre el río Serpis que ponga en comunicación esta villa con la estación del ferrocarril de Alcoy a Gandía, de tres metros de anchura, con la luz que la jefatura de obras públicas juzgue conveniente, a cambio de que los regantes de la acequia denominada (del pueblo), conserven esta en las condiciones que hoy tienen, sin que se permita su ampliación ni derivación”.


Obligándose el Sr. Pérez Soler a satisfacer el importe de los terrenos que sean menester para la construcción de la carretera municipal que de acceso a dicho puente, se acordó por unanimidad que una comisión del seno de este Ayuntamiento compuesta del Sr. Alcalde D. Antonio Vicente Juan Camps y los concejales D. Joaquín Palmer Enguix y D. José Ramón Juan Juan, proponga la que crea procedente en beneficio de los intereses vecinales de esta villa; y que el Sr. Alcalde como Presidente de la Junta de riego de dicha acequia convoque a una reunión general a todos los interesados en el mismo para someter a su deliberación y aprobación la parte que conviene sobre el proyecto del solicitante”.


Situación del puente de madera en 1.900

El citado Sr Presidente expuso a sus compañeros que, con motivo del temporal de lluvias ocurrido durante la pasada semana, una fuerte avenida del río Serpis acaecida el día 2 del actual derribó el PUENTE DE MADERA, de esta villa situado sobre aquel y da acceso a la estación férrea".


Reconstrucción del puente de madera Lorcha 1.900

"Deliberando el particular de referencia, se acordó por unanimidad proceder a su reedificación a la brevedad posible por denominarlo así las necesidades de la población, que, a consecuencia de ello, hallarse incomunicada con dicha estación, designando para la dirección y mandando de los referidos trabajos al primer teniente de alcalde D. Juan Bautista Juan Camps, abonándole los gastos que al efecto se ocasionen con cargo a la consignación respectiva del presupuesto corriente”.


En la misma acta de 4 de diciembre aparece este texto que acabamos de leer, como todos los Lorchanos sabemos cuando se acerca la época de lluvias el río Serpis lleva un caudal considerable, parece ser que todos los años tenían que rehacer, tanto las paseras que utilizaban para cruzar el mismo, como cualquier pasarela que cruzara el río, pues bien, antiguamente en 1.904 no existía la actual carretera que pasa por encima del puente de fábrica de sillería.

 

El acceso principal al municipio de Lorcha, venía desde la estación del ferrocarril, bajando justo por el lateral de las casas de enfrente de la estación junto al barranco que desagua por “l´alcavó que passa per baix de la vía“ que recoge las aguas de la ladera oeste del castillo, junto a la estación, descendiendo, prácticamente en línea recta hasta llegar al río, allí cruzaba el PUENTE DE MADERA en el cual se refiere este texto, hasta donde termina la acequia de la “Palafanga” e iniciaba la acequia del “Molí Primer” unos 150 metros más arriba, junto a la Azud Nueva, subía hasta llegar al “Molí del tío Daniel” o “Molí de les Hortes”, hasta llegar al “Camí de la Creu” o “Camí del Riu”, por donde se entraba en esta época a la población de Lorcha.

 

Este camino fue el principal desde que construyeron el ferrocarril hasta que construyeron el “Pont de Sant Blai”.

 

Año tras año este PUENTE DE MADERA lo tenían que reconstruir, conjuntamente con la presa que recogía el agua para el “Molí Primer o Molí de l´Infant”, como también era conocido “Molí del Riu”, la presa que alimentaba este molino, estaba uno junto al otro, esta azud era realizada con estacas, piedra del río y taponada con “llimacs” y plantas procedentes del cauce.

 

Quejas y quejas año tras año, posiblemente a D. Francisco Pérez Soler, se le ocurriera que una buena idea para el Ayuntamiento del municipio no le tumbara su idea era, ofrecerles un PUENTE DE FÁBRICA, que mejor momento viendo lo ocurrido el 2 de diciembre.

 

El ayuntamiento de Lorcha designó para la dirección de los trabajos de reconstrucción del PUENTE DE MADERA, al primer teniente alcalde D. Juan Bautista Juan Camps.

 

“La relación de gastos empleados en la reedificación del puente sobre el río Serpis derribado por el último temporal de lluvias, la cual ha sido presentado por el encargado de la ejecución de dichas obras, el primer teniente de alcalde D. Juan Bautista Juan Camps. Examinada detenidamente por los Sres. de la corporación se acordó por unanimidad aprobarla en todas sus partes y que el importe ascendente es de 57 pesetas”.



En diciembre de 1.904, junta Extraordinaria del día 16 de diciembre.


Bajo el mandato de el sr. alcalde D. Antonio Vicente Juan Camps y todos reunidos tenían que decidir sobre las condiciones que deberían otorgarle.

Estaban presentes en esta junta extraordinaria.

 

Antonio Vicente Juan Camps alcalde.

Bautista Palmer Enguix.

Juan Bautista Juan Camps. 

Joaquín Palmer Enguix.

Miguel Nadal Palmer. 

Cirilo Seguí Alemany. 

José Ramón Juan Juan. 

Francisco Vicente Escrivá Ribes.

Antonio Vicente Juan Enguix como concejales.


Sesión extraordinaria Ayuntamiento de Lorcha 1.904


“A todos reunidos que acordar las condiciones en que puede otorgarse a Don Francisco Pérez Soler, vecino de Alcoy, la concesión que ha solicitado para construir por su cuenta un puente de tres metros de anchura sobre el río Serpis para unir esta villa con la estación del ferro-carril de Alcoy a Gandía y subvenir a los gastos de un camino de cuatro metros de latitud por lo que se refiere al pago de las expropiaciones y adquisiciones de terrenos y como […ión] de las obras de fábrica necesaria que han de ser de cuenta del solicitante”.


“Encaminado el expediente y considerándolo: Que es de una ventaja para los intereses de la localidad la proposición que hace el Sr. Pérez Soler, que esta villa gozará en lo sucesivo de una vía de comunicación de que correría y que la opinión venía reclamando hace tiempo para el desenvolvimiento de los intereses materiales de esta localidad”.


“Considerando: Que la Comisión especial designada en dictamen de 7 del actual propone las condiciones en que puede otorgarse la concesión, y lo mismo ha hecho por el parte la comunidad de regantes de las partidas Calapits, Musela y Huertas del Pueblo”.


“Considerando: Que procede acordar en definitiva la resolución de este expediente por las normas antes expuestas”.


El ayuntamiento acordó de conformidad con lo que se propone en los dos dictámenes, y en su consecuencia autorizar a Don Francisco Pérez Soler, para construir por su cuenta o por la de la empresa ó sociedad que se subrogue en sus derechos, un puente de fábrica sobre el río Serpis, estableciéndose las condiciones siguientes”:


Fábrica de Pérez y Aracil Lorcha


"1ª El puente será construido sobre el río Serpis en el punto denominado “Toll del Maldecap”, su obra será de fábrica, capaz para resistir carros cuyo peso mínimo de transporte no exceda de cien arrobas, su latitud será de tres metros, y la luz de este, la que la Jefatura de Obras Públicas juzgue conveniente".


"2ª En el caso de que alguna avenida de río Serpis o temporal, sufriera desperfectos, serán a cuenta del sr. Pérez; siempre que no exceda de dos mil pesetas, y si ascendiera a mayor cantidad el municipio se compromete a facilitar el número de braceros necesario hasta completar el pago de mil pesetas en jornales de los indicados pero si se diera el caso imprevisto de que por alguna fuerte avenida de dicho río el puente quedará completamente destruido, será éste reedificado por el aludido Señor Pérez con arreglo al plano de su primitiva construcción, y siempre sin perjuicio de que la fábrica subsista continuando en el funcionamiento".


"3ª La Cal que pueda invertirse en las aludidas construcciones se obliga el Ayuntamiento a facilitarla al pie de las obras, gratuitamente".


"El camino vecinal de que ya se ha hecho mérito, partirá de la calle del Molino y pasando por el puente antes indicado dará acceso a la estación del ferro-carril de Alcoy a Gandía, facilitando el Sr. Pérez a los braceros los instrumentos o herramientas mecánicas para su construcción".


"5ª La anchura del camino será de 4 metros y su conservación quedará a cargo del ayuntamiento".


Badén con pilones, intersección del barranco y el camino Lorcha

"6ª en el barranco llamado “del Pueblo” se construirá un badén con pilones de piedra de sillería a uno de sus lados para facilitar el paso del personal que lo necesite".



"7ª Interim duren ambas construcciones, o sean las del puente y camino, disfrutará el Sr. Pérez de los aprovechamientos del común, incluso de los que afecten al canal, siempre que no ocasionen perjuicio de ninguna clase".



"8ª El plazo que se fija para que queden terminadas las construcciones relativas al puente y camino finirá a los 2 años contados desde el día que funcione la primera máquina de la fábrica de papel continuo intentada emplazar por el Sr. Pérez en la partida de la Devesa de este término municipal".


"9ª El Sr. Don Francisco Pérez Soler, se compromete a pagar los terrenos del camino por su justo precio, y en caso de que el ayuntamiento tenga necesidad de formularse expediente de expropiación forzosa a tal objeto, la que resulte del mismo".


"10ª El plazo a que se contrae la base octava, se entiende, siempre que con oportunidad se hayan vencido los obstáculos de expropiación que pudieran presentarse".


"11ª D. Francisco Pérez Soler se obligará a realizar por su cuenta la limpieza o mandar de la acequia, siempre que el Sindicado de ésta lo demande por considerarlo indispensable en beneficio del riego, dándole aviso previo con tres días de anticipación, e igualmente procederá a reponer cuantos desperfectos en la indicada se reproduzcan por desprendimientos de tierras, avenidas a cualquier otra causa".


"12ª Los desprendimientos o interrupciones de que trata la precedente condición y no se refiere a los […] general serán también de cuenta del Sr. Pérez cuando no excedan de veinte pesetas en cada caso y junto, según tasación pericial efectuada por dos peritos del municipio, y si alguno de ellos pasase de la pernotada cantidad, abonará únicamente la citada suma por el que lo requiera, quedando el resto o diferencia a cargo de los partícipes en el riego".


"13ª Las faltas por infracción a lo establecido en las anteriores condiciones serán subsanadas por el respectivo sindicato, siendo responsable el susodicho Sr. Pérez de los gastos y daños que aquellos originen".


"14ª El cauce de la nombrada acequia, estará perfectamente […] y en condiciones de poder conducir el agua que ordinariamente se necesite para el servicio del riego".


"15ª Para el consumo de la población y servicios públicos de población urbana, abrevadero y lavadero, será conducida una fila (o tanda) de agua de riego ordinaria de las que emanan las fuentes del Espinal y Umbría, y en caso de que estos manantiales agotasen o mermasen el caudal, suplirá aquellas faltas la acequia “del pueblo", a fin de que no se interrumpa por concepto alguno el mejor servicio público".


"16ª Los interesados en el riego de la citada acequia se obligan a satisfacer al Sr. Don Francisco Soler, veinticinco céntimos de peseta por cada hanegada en el mes de diciembre de cada año, sometiéndose voluntariamente a los tribunales de esta villa para hacer efectivas las cantidades a que asciende el canon establecido, al que dejan afectas los respectivos predios".


"17ª La acción del sindicato quedará libre para hacer uso de las aguas que entren en la acequia en todas las épocas del tiempo, siempre que su uso sea exclusivamente destinado al riego de las fincas comprendidas en las partidas de Calapits, Musela y Huertas del Pueblo".


"18ª El Sr. Pérez vendrá obligado a tener un vigilante en la acequia desde el día primero de marzo al treinta de noviembre de los años sucesivos, al objeto de que conduzca y cuide de las aguas que por esta discurran con destino al riego".


"19ª Si por causa de una tormenta, avenida del río Serpis o cualquier otra circunstancia imprevista se rompiera el cauce del azud, el Señor Pérez procederá a arreglarlo por su cuenta, siempre que las agua que el río conduzca permitan la reparación en la forma que ordinariamente ha venido verificándose; pero si transcurrieran dos días sin efectuarlo, pudiendo realizarse a juicio del sindicato respectivo, podrá éste proceder a la preindicada reparación por cuenta del Sr. Pérez o a quien le queden subrogados sus derechos, abonando este último los gastos que se originen y quedará sujeto además al pago de una multa de veinticinco pesetas por cada día de demora, debiendo ingresar su importe en la depositaria de los fondos de la referida acequia".


Reglamento de Riegos 1.863 Lorcha

"20ª La concesión que se otorga al Sr. Pérez, no podrá afectar en manera alguna al régimen de administración de la comunidad, ni tampoco a las disposiciones de las ordenanzas porque la misma se rige desde el año 1.863".




"21ª El Señor Don Francisco Pérez Soler, adquiere el compromiso originado por las bases que anteceden a contar desde el día primero de enero del entrante año 1905, e ínterin funcione la fábrica y no se oponga el caso de fuerza mayor relativo a tener sin funcionar ésta por espacio de un año o más consecutivos o alternados, volviendo a adquirirlo meramente el día que reproduzca su funcionamiento".


"22ª Las cuestiones que se susciten por incumplimiento de las bases del presente contrato, serán resueltas por un perito nombrado de parte de la comunidad de regantes, y otro designado por el Señor Pérez o señores dueños de la fábrica, y en caso de discordia, elegirán ambos perritos un tercero, quedando inapelables las resoluciones adoptadas por dichos funcionarios".


"23ª Finalmente el Señor Pérez quedará obligado a respetar el riego de la partida de tierras denominadas (Río Abajo) del propio modo que en actualidad viene utilizándose por interesados, o sea, dar el agua suficiente al riego en el punto donde tenga derecho".


"También acordó el ayuntamiento elevar este contrato a escritura pública, designándose al efecto al Señor alcalde y a dos concejales Don Juan Bautista Juan Camps y Don Joaquín Palmer Enguix a quienes se les confieren las facultades en derecho necesarias para representar a esta corporación".


"Terminado el objeto de la convocatoria, se levantó la sesión, firmando los señores concejales que saben de que yo, el secretario, certifico".


Firmantes de la sesión extraordinaria 16-12-1904


"Antonio Vicente Juan Camps, Joaquín Palmer Enguix, José Juan, José María Borrás Estela (secretario)".




Antonio Vicente Juan Camps, alcalde de Lorcha 1.904.

Antonio Vicente Juan Camps, nació en Lorcha el 08 de junio de 1.853 según consta en los registros genealógicos de nuestro municipio, falleció a las 8:00 horas del día 25 de agosto de 1.937, domiciliado en la calle Mayor, a la edad de 84 años


Acta de defunción de Antonio Vte Juan Camps


Casado con María Filomena Bonet Seguí de Lorcha el día 15 de mayo de 1.876. Sus padres según los archivos eran Tomás Juan Roselló (Lorcha) y Juana Camps Seguí (La Carroja), en algún documento hemos leído María Juana.

Antonio Vicente Juan Camps fue padre de 7 hijos, según nuestros registros:


1- Antonio Vicente Juan Bonet 1.877, falleció a los 20 años.

2- José Ramón Juan Bonet 1.880, falleció a los 5 años.

3- Enrique Juan Bonet 1.884, falleció a los 7 años.

4- Filomena Pilar Juan Bonet 1.886, falleció a los 5 años.

5- María de las Mercedes Juan Bonet 1.888, falleció a los 28 años.

6- José Ramón Juan Bonet 1.891, falleció a los 37 años.

7- Rafael Juan Bonet 1.893, falleció a los 93 años.

 

Antonio Vte. Juan Camps poseía dos cargos importantes, alcalde de Lorcha y Presidente de la Junta del Riego de la acequia del pueblo de Lorcha.

 

Antonio Vte. fue un hombre de gran serenidad, capaz de enterrar a 6 de sus hijos y a su mujer, tuvo el enorme valor de negociar con la Comunidad de Regantes de Lorcha, con D. Francisco Pérez Soler de Alcoy y ajustar todas las propuestas para que los concejales, regantes y ciudadanos de Lorcha optaran por aceptar la propuesta del Sr. Pérez, gracias al enorme valor y valentía de este hombre fue posible que se realizara la fábrica de papel continuo de Pérez y Aracil y el proyecto del Puente de Lorcha.



En marzo de 1.905, el 11 de este mes se firma la escritura pública.


Estación de Lorcha
Aquí es donde surge un acontecimiento que cambiaría las directrices de la economía de Lorcha, iniciando una era de industrialización de un pueblo basado en la agricultura y la ganadería.

 

Escritura otorgada por Remigio Masía Botella.

 

Escritura Pública 1.905

"En la estación del ferrocarril de Lorcha, día 11 del mes de marzo de 1.905, ante mi Remigio Masiá Botella, Notario del colegio de Alicante, con residencia en Muro, comparecen":

 

"Don Antonio Vicente Juan Camps, mayor de edad, casado propietario, vecino de Lorcha, provisto de cédula personal expedida con el número 549, como alcalde del Ayuntamiento de Lorcha y además como presidente de la Junta del riego de la acequia del pueblo de dicha Villa".

 

"Don Juan Bautista Juan Camps, mayor de edad, casado, propietario, vecino de Lorcha, provisto de cédula personal expedida en el número 392, como concejal del Ayuntamiento de la referida villa de Lorcha".

 

"Don Joaquín Palmer Enguix, mayor de edad casado, labrador, vecino de Lorcha, con cédula expedida con el número 599, también como concejal del Ayuntamiento de la referida villa de Lorcha".

"Y Don Francisco Pérez Soler, mayor de edad, casado, propietario, vecino de Alcoy con cédula personal expedida con el número 14.135".

"Y hallándose a mi juicio, con la capacidad legal necesaria para formalizar esta escritura en la representación que ostentan dicen":

"Primero: Que en la referida Alcaldía de la villa de Lorcha se ha tramitado un expediente cuyo original me exhiben y del cual resulta":

"Que Don Francisco Pérez Soler, por instancia de primer de Diciembre último dirigida a dicho Sr. Alcalde, manifiesta: Que en dicho término municipal de Lorcha y en la partida de la Devesa y próximo a la estación del ferrocarril de Alcoy a Gandía había de construir un edificio destinado a fábrica de papel continuo solicitando para servicio del mismo y como fuerza motriz parte del agua del río Serpis que conduciría por un canal desde la presa que construirá en término de Beniarrés, a cuyo fin y para hacer obras en el cauce solicitó al Gobernador Civil de la provincia".

 


"El desarrollo de dicha industria se sabe positivamente que correrían a su cargo o de alguna empresa o sociedad, pero de todos modos perciba que el Ayuntamiento y su vecindario en general, tengan conocimiento de la oferta que desde luego fuese de construir un puente que ponga en comunicación las riberas del río y puedan los carros pasar, con desahogo dando así facilidades en las comunicaciones de que carece dicho vecindario".

"Este puente será construido sobre el río Serpis, una latitud 3 metros y luz la que la Jefatura de Obras Públicas crea conveniente, su obra será de fábrica y edificado dentro de plazo de 2 años a contar desde el día que funcione la primera máquina de la fábrica. Y el municipio debe construir un camino vecinal de 4 metros de anchura que sea continuación del puente de referencia".

"El Ayuntamiento citará a los interesados en el riego de las partidas Calapits, Musela y Huertas del Pueblo, para que en manera alguna consientan que la acequia denominada del pueblo se conserve en las condiciones que hoy tiene en su cauce y no pueda conducir mayor cantidad de agua que el que en la actualidad contiene, no permitiéndose la ampliación ni derivación del canal bajo concepto alguno".


Don Francisco Pérez Soler, necesitaba del Ayuntamiento de Lorcha para la LICENCIA Y PERMISOS.

 

Pero lo más importante que Don Francisco estaba interesado, era EL AGUA, concretamente CAUDAL, conjuntamente con EL DESNIVEL, eran sus prioridades, buscaba la energía potencial.

 

EL AGUA en esta época era muy valiosa para los terratenientes o labradores, la (Assut dels Calapits) estaba río arriba, en el término de Beniarrés, toma el agua antes que la azud que quería construir Don Francisco Pérez Soler.


Implica en este contrato a la Comunidad de Regantes de Lorcha, negociando con ellos y ofreciéndoles servicios a cambio de limitaciones.


Supo MANTENERLES EL CAUDAL para sus necesidades sin que ampliaran ni desviaran agua de la importantísima Acequia del Pueblo, de unos 8 km de longitud.


Esta era la verdadera razón por la cual interesaba implicar a la Comunidad de Regantes.


Vital importancia fue, que D. Francisco Vicente Juan Camps fuera en aquellos momentos Alcalde de Lorcha y Presidente de la Junta del riego de la acequia del Pueblo.

 

Esto facilitaría mucho la negociación y D. Francisco Pérez Soler lo sabía.

 

"También se compromete a satisfacer el importe de los terrenos que haga necesidad de expropiar o adquirir para construir dicho camino y acepta desde luego todas aquellas condiciones que le imponga el Ayuntamiento y sean compatibles con los términos de su oferta".

 Iba a por todas, estaba haciendo una negociación muy importante.

 

"Que en sesión ordinaria de 4 de Diciembre próximo pasado, se dio cuenta al Ayuntamiento de la referida instancia, y se acordó por unanimidad que una comisión del uno de dicho Ayuntamiento compuesta del Señor Alcalde Don Antonio Vicente Juan Camps y de los concejales Don Joaquín Palmer Enguix y Don José Ramón Juan Juan, proponga lo que crea procedente, y que el señor Alcalde como Presidente de la Junta del riego de dicha acequia, convocase a una reunión general a todos los interesados en el mismo, para someter a su deliberación y aprobación la parte que concierne sobre el referido proyecto".

 


"En virtud del referido acuerdo dicha comisión viendo el susodicho expediente y oyendo al interesado Don Francisco Pérez Soler dictaminaron que desde luego ercían en su instancia, es de cierta conveniencia para los intereses de Lorcha, aceptando desde luego dichos ofrecimientos, bajo ciertas bases que dejaba pendientes de la aprobación del Ayuntamiento".

 


"Por decreto de 10 de diciembre próximo pasado se mandaba se hiciera saber a la comunidad del riego de la acequia del pueblo, la pretensión de Don Francisco Pérez Soler, para que acordar lo que creyese procedente".

"Reunidos en 12 de dicho mes en la Casa Consistorial, en junta general de regantes, bajo la presidencia del Señor Alcalde los interesados en el riego de la acequia denominada del “pueblo” y abierta la sesión el citado señor Presidente expuso el motivo de la reunión, o sea para tratar de la instancia presentada por el referido Don Francisco Pérez Soler, reconociendo los señores regantes que no tiene perjuicio en sus fincas ni la de haberlos tampoco en la acequia cuyo cauce no ha sido alterado desde inmemorial y que es bastante para conducir el agua necesaria, atentos a lo que dispone el reglamento que se rige esta comunidad acordaron por voto unánime acceder a las pretensiones del solicitante Don Francisco Pérez y en mi virtud que se hiciera saber al referido Ayuntamiento que la aludida comunidad está conforme en considerar intactas las condiciones de luz y profundidad que hoy tiene la repetida acequia, obligándose a no ampliarla ni derivar su caudal bajo concepto alguno siempre que queden cumplidas ciertas condiciones, que con las condiciones desde el número 11 al 23 ambos inclusive del acuerdo o acta que literalmente luego se copiará, acordando también elevar a escritura pública dicho contrato designando al señor Alcalde y a los concejales D. Juan Bautista Juan Camps y D. Joaquín Palmer Enguix, a quienes les confieren las facultades necesarias para representar a dicha corporación".

 

Esto es lo que buscaba realmente Don Francisco Pérez, asegurarse que la Comunidad de Regantes no modificarían las dimensiones de la sección de la acequia, obligándolos a no ampliarla ni derivar su caudal bajo ningún concepto.

 

"Por decreto de catorce de diciembre último se mandó conformar al Ayuntamiento a sesión extraordinaria para el 16 del propio mes a las 10 horas a fin de tratar sobre los puntos a que se refiere dicho expediente".

"Que en el libro de acuerdos en que constan los de dicha corporación se halla el acta de la referida sesión extraordinaria que copiada a la letra dice así":

 

A continuación, en esta parte de la escritura se redactan las mismas 23 condiciones que acordaron en el acta extraordinaria del 16 de diciembre de 1.904.

Página 10 de la escritura, Lorcha

 

Continuación de la escritura.

 

"Por decreto de diecinueve de diciembre último se mandó que el Ayuntamiento cumpliese a lo acordado y se hiciera saber a Don Francisco Pérez Soler para el otorgamiento de la escritura que proceda".

"Y por diligencia del 20 del propio mes se hacía constar que por comunicación por duplicado había trasladado el referido acuerdo copia del mismo a Don Francisco Pérez Soler, según ejemplar que va unido ha dicho expediente".

"Todo lo cual así resulta del referido expediente que me han exhibido y que rubricado por mi devuelva al Sr. Alcalde".

"Segundo: que llevado a efecto lo que se nombra en el referido expediente otorgan: que lo eleven a escritura pública y en su consecuencia Don Francisco Pérez Soler se obliga a construir por su cuenta un puente sobre el río Serpis para unir la villa del Lorcha con la estación del ferrocarril de Alcoy a Gandía con las condiciones que se enumeran en el acuerdo que literalmente antes se copia.

 

Y la comunidad de regantes interesados en el riego de la acequia denominada “del pueblo” de las partidas de Calapits, Musela y Huertas del pueblo, se obliga por su parte a que se conserven las condiciones que hoy tiene el cauce de la acequia y no pueda conducir mayor cantidad de agua que su caudal actual, ni se permita la ampliación y derivación del canal bajo concepto alguno: bajo las condiciones copiadas en el acuerdo que antes se inserta literalmente":

 

"Tercero: Don Francisco Pérez Soler, por sí y los demás comparecientes en el nombre y representación que ostentan, aceptan esta escritura en todas sus partes".


"Así lo otorgan a presencia de los testigos instrumentales que son José Ramón Palmer Moncho y Pedro Nadal Alcaraz, ambos vecinos de Lorcha y sin excepción legal según afirman".


"Enterados otorgantes y testigos de su derecho para leer por si este documento, procedí por su acuerdo a la lectura del mismo, en cuyo contenido se ratificarán los primeros, firman los Señores Alcalde, el concejal Don Joaquín Palmer y Don Francisco Pérez, con los testigos, haciéndolo estos por sí y a ruegos del otro compareciente que dice no saber. Y doy fe del conocimiento, profesión y vecindad de los otorgantes, de que los pliegos anteriores son de la clase en undécima serie a, números 3.483.049, 3.483.048, 3.483.047, 3.483.046, y todo lo contenido en este instrumento público, Antonio Vicente Juan, Joaquín Palmer, Francisco Pérez Soler, José Ramón Colomer, Pedro Nadal, Aguado, Remigio Masiá, están de rubricadas".

Esta escritura consta de 17 páginas, transcrito de una copia.

 

Logotipo de la Fábrica de Pérez y Aracil Lorcha

¿Por qué D. Francisco Pérez Soler eligió Lorcha?



Según nos comentaba José Palmer Escrivá, D. Francisco Pérez Soler intentó buscar un lugar para construir la fábrica de papel continuo en el municipio de Beniarrés, tenía que conseguir los derechos del agua de Obras Públicas, no sabemos concretamente cómo funcionaba en aquella época, pero el agua estaba muy solicitada.



Tenía que pactar con Alcalde y Comunidad de Regantes, parece ser que se encontró rechazo de los caciques terratenientes de nuestro vecino pueblo, pensando que la fábrica de papel les dejaría sin trabajadores para sus tierras.



También había otro factor a tener en cuenta, el salto de agua que debería suministrar la fuerza motriz para sus mecanismos, no era el estimado, en Lorcha obtendría MÁS DESNIVEL EN EL CAUCE.



Otro factor que tuvo en cuenta, era el CAUDAL, si la construía en Beniarrés, perdía más afluentes, manantiales que desaguan al Serpis, tanto como pudiera ser la pérdida de caudal del “Barranc de l´Encantà” que aseguraba un suministro considerable.



En Lorcha tenía más facilidades porque el Alcalde y el presidente de la Comunidad de Regantes era la misma persona.



Otra curiosidad es que, al parecer en el “Molí del Riu” desde 1.895 a 1.900 había un molinero llamado Agustín Pérez Soler de Alcoy, no podemos asegurarlo por falta de documentación, pero nos da la sensación de que era uno de sus hermanos de D. Francisco Pérez Soler, posiblemente conociera la zona.




Viendo donde se había construido la “Fàbrica de la LLum o Fàbrica de l´Infern”, aprovechado los derechos del “Molí de l´infern”, todos estos factores quizás invocaron a D. Francisco a construir la Fábrica de Papel Continuo de Pérez y Aracil en Lorcha.



Tomando como referente esta Fábrica de la Luz, viendo la dificultad que tuvieron al abrir el canal de 1.913 metros en una ladera de la montaña en el “Barranc de l´Infern", D. Francisco tenía que realizar un canal de 2.595 para su fábrica papel, pero el terreno era más accesible, 1/3 del canal iría situado al lado del camino, no tendría que emplear prácticamente dinamita, un poco más largo, pero con menor dificultad.



Tal vez fuera una de las pocas soluciones que le quedaban.



Tenía que negociar de una forma u otra con el Sindicato de Regantes de Lorcha, la toma de agua de su fábrica estaba por debajo de la azud de los Regantes de Lorcha, situada en “Els Calapits”.



Negoció de forma impecable con los regantes y con el Ayuntamiento de Lorcha para conseguir un salto muy aproximado al de la Fábrica de la Luz, algunos trabajadores del papel nos comentan si había un salto de 28 metros de altura en la fábrica de Pérez y Aracil, no podemos confirmar este salto por falta de documentación, pero se aproximaba mucho a los 31 que afirman que tenía la Fábrica de la Luz del “Barranc de l´Infern” dentro del mismo Término Municipal de Lorcha.



Esto era un gran logro, conseguir casi la misma fuerza que obtenía Alcoy en su fábrica de Lorcha, el Sr. Francisco Pérez obtendría casi lo mismo para él sólo.



El Sr. Pérez supo aprovechar el momento y puso todo su ímpetu para construirla.




El 9 de junio de 1905 noticia, D. Baldomero Aracil solicita el registro de una mina.

 

Aparece una noticia en el periódico La defensa: diario de avisos y noticias Año II nº 422.

El <Boletín Oficial> donde se anuncia que 7 de junio de 1.905:


Solicitud de una mina de lignito Lorcha
Don Baldomero Aracil, se ha presentado en el Gobierno civil una solicitud de registro designando siete pertenencias de la mina de lignito denominado “Paquita” sita en el paraje que llaman de Devesa, término municipal de Lorcha”.



El lignito es un carbón mineral que se forma por compresión de la turba, convirtiéndose en una sustancia desmenuzable en la que aún se pueden reconocer algunas estructuras vegetales.

Es de color negro o pardo y frecuentemente presenta una textura similar a la de la madera de la que procede.

 

Lignito roca de carbón

 

Es un combustible de mediana calidad.


El ferrocarril de Gandía a Alcoy se había construido prácticamente para abastecer Alcoy de carbón, se veían pasar todos los días trenes cargados con numerosos vagones de carbón, la fábrica de papel continuo de Pérez y Aracil de Lorcha, necesitaría también combustible para las calderas, una fuente de energía imprescindible, lo tendrían que comprar, buscar o hacer.

 


Estimación de las pertenencias de la mina (Paquita)


Hemos preguntado a la gente mayor del pueblo de Lorcha y no nos saben decir nada al respecto de esta mina de lignito llamada Paquita.

La situación de las 7 pertenencias de la mina o también como suelen decir ahora 7 concesiones mineras, no aparecen por ningún sitio.

Según la Real Academia de Ingeniería, "pertenencia es el terreno que dispone autorización oficial concreta para la explotación de los minerales o rocas contenidos en el suelo o subsuelo".


Las dimensiones varían con el tiempo, según describen algunos libros hasta 1.868 se definía una pertenencia, como un prisma en el cual no se determinaba la profundidad y formado por un cuadro de 100 metros de lado y como mínimo tenías que tener 4 pertenencias unidas.

La falta de documentos no nos permite poder continuar con este tema. 

En investigación...



En 1.905, el 14 de junio ocurrió un accidente de trabajo.



La Correspondencia de Alicante: diario noticiero. Eco imparcial de la opinión y de la prensa Año XXII Número 7404- 1.905 junio 14.

Accidente de trabajo en Lorcha


El alcalde de Lorcha ha dado cuenta a este Gobierno Civil del accidente del trabajo ocurrido al obrero Joaquín Bonet en las obras de los señores Soler Pérez y Aracil”.


En junio de 1905, habían pasado unos tres meses desde que se firmó la escritura en la estación de Lorcha, ya se estaban realizando las obras de la fábrica de papel Pérez y Aracil.


Se estaba ejecutando la obra de la fábrica y la canalización que traería el agua hacia la misma.



El 20 de enero de 1.906 trabajaban centenares de hombres en Lorcha.



En la revista de Gandía: periódico consagrado al adivino corazón de Jesús, órgano oficial de los sindicatos agrícolas de la región Año VII Número 298, aparece otro anuncio.

 

Recorte de la revista de Gandía.

 

Nos dicen de Lorcha que las obras de la grandiosa fábrica de los señores Soler, Pérez y Aracil se adelantan a pesar del mal tiempo que venimos disfrutando”.

 

Recorte de la revista de Gandía

 

Utilizará una fuerza de 250 caballos nominales y será una de las mejores de la provincia; trabajan ahora centenares de hombres”.

En este artículo lo que nos llama la atención es “centenares de hombres”.

En esta época posiblemente ya tuvieran los desniveles de la canalización de agua y el trazado correctamente replanteado, con el firme de la acequia realizado para poder emplazar la fábrica de papel en el lugar correspondiente basándose en la entrada de agua.

En la ejecución de las obras voy a estimar 3 fases importantes para la realización de la misma.

Primera fase, debería ser la toma de agua y la canalización hasta la fábrica.

Segunda fase, debería ser la fábrica de papel.

Tercera fase, podríamos definirlo como el pozo del salto y el desagüe hasta el río.

En investigación…




En 1.908, el 26 de mayo se solicitaba permiso para usar el escudo de armas de Alcoy.



En el Heraldo de Alcoy: diario de avisos, noticias e intereses generales: Año XIII Número 3177- 1908 mayo 26, aparece un anuncio referente a la utilización del escudo de armas de Alcoy, para los productos de la empresa de papel continuo de Pérez y Aracil de Lorcha.

 


"Se ha presentado en esta Alcaldía una instancia suscrita por el ingeniero D. Baldomero Aracil Carbonell, solicitando permiso para poder usar el escudo de armas de esta ciudad en los productos de papel continuo de la sociedad regular colectiva que bajo la razón social Pérez y Aracil, rige en esta plaza y cuya fábrica tienen establecida en el término municipal de Lorcha".


 

En el Ayuntamiento de Alcoy.

La sesión de anoche

"Bajo la presidencia del alcalde accidental D. Rafael Barceló Valor, se reunió anoche a las siete y media en sesión ordinaria el Municipio".



"También se accedió a lo solicitado en instancia suscrita por D. Baldomero Aracil Carbonell, para que pueda usar el escudo de armas de esta ciudad en los productos de la compañía regular colectiva para la fabricación y venta de papel continuo, constituida bajo la razón social de Pérez y Aracil y establecida la fábrica en el término municipal de Lorcha".



D. Baldomero Aracil Carbonell presentó una instancia al Ayuntamiento de Alcoy, tal y como hicieron muchas empresas en esta época.

 

Escudo de armas de Alcoy

 

Con la intención de poder usar el ESCUDO DE ARMAS de dicha ciudad (Alcoy) en los productos derivados de su fábrica de papel continuo.

 


Desde Lorcha no hemos podido encontrar hasta el momento ningún producto, paquete, envoltorio, caja, envase o rebujo, que llevara esta insignia relaciona con la fábrica de papel continuo de Pérez y Aracil, “Les Deveses”, Lorcha.




Fuentes consultadas:

Actas de sesiones ordinarias y extraordinarias del Ayto. de Lorcha.

Escritura Pública de Remigio Masiá Botella, Notario de Muro.

Genealogía de Lorcha. 

Agradecimientos a: 

Cirilo Escrivá Alemany.

Antonio Juan Juan. 

Juan Revenga Carbonell. 

Juan Antonio Sala Pascual. 

Recopilado, transcrito y redactado por:

José Antonio Juan Lloréns, (JAJ Lloréns) (Eres de Lorcha si)